Juan Antonio Ferrer García, abogado, animalista y activista, ha presentado una denuncia formal ante la Delegación del Gobierno en la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Murcia por el uso indebido e ilegal de pirotecnia durante las fiestas patronales de la pedanía de Torreagüera. Según detalla en el escrito presentado por Ferrer, los hechos constituyen un grave riesgo para la seguridad de los vecinos, menores de edad, animales domésticos, fauna silvestre y el entorno urbano y natural, y ponen de manifiesto la falta de control de las autoridades locales y regionales sobre este tipo de eventos.
Ferrer denuncia un incumplimiento sistemático de la normativa
El denunciante explica que la pirotecnia recreativa, la que puede adquirirse en establecimientos autorizados, presenta problemas de convivencia cuando se vende sin control y sin restricción de edad. Sin embargo, apunta que el verdadero problema se encuentra en la pirotecnia utilizada en el marco de las fiestas populares, donde confluyen tres fenómenos:
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Pirotecnia recreativa: Comprada y utilizada por particulares sin permisos ni control suficiente, con riesgo para la seguridad pública.
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Pirotecnia profesional: Regulada por el Real Decreto 989/2015 y la Instrucción Técnica Complementaria (ITC) número 8, con estrictos requisitos de seguridad, formación y seguros de responsabilidad civil.
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Pirotecnia no profesional de alto riesgo: Personas que, amparadas por comisiones de fiestas, hermandades religiosas o incluso autoridades pedáneas, detonan artificios de manera irregular, sin formación ni permisos, y en entornos urbanos y naturales inseguros.
Ferrer subraya que la combinación de estos fenómenos genera situaciones de riesgo grave. Un ejemplo reciente fue la “Traca de los Solteros” en Torreagüera, anunciada como un artificio de 600 metros (realmente de entre 50 y 60 metros), detonada sin cumplir medidas básicas de seguridad, sin carnet de usuario experto y sin seguro de responsabilidad civil. Según Ferrer, este acto podría constituir no solo una infracción administrativa grave, sino un posible delito de riesgo medioambiental y de seguridad ciudadana.
Riesgos para personas, animales y entorno natural
La denuncia detalla que las detonaciones se realizaron en la arteria principal de Torreagüera, zona interurbana con viviendas, vehículos, arbolado y presencia de menores, exponiendo directamente a los vecinos a posibles daños físicos y auditivos. Además, los eventos ocurrieron en una zona incluida en la Red Natura 2000 y muy próxima a una ZEPA de especial protección de aves, lo que incrementa el riesgo ambiental y legal. Ferrer advierte que las pirotecnias empleadas incluyen cohetes, tracas y baterías de palmeras, artificios de alta peligrosidad que requieren formación especializada y planes de seguridad que en este caso no existieron.
Durante las fiestas, se ha registrado incluso un accidente grave en la pedanía de Puebla de Soto, donde una mujer resultó herida debido a la detonación de artificios pirotécnicos, poniendo de relieve la falta de control y supervisión por parte de las autoridades. Además, los animales domésticos, como el perro de Ferrer, “Dino”, sufren daños auditivos y estrés extremo por la exposición a estos ruidos, lo que constituye un riesgo adicional en términos de bienestar animal.
Marco legal incumplido
La denuncia presentada se fundamenta en el incumplimiento de múltiples normas:
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Real Decreto 989/2015, que regula la fabricación, almacenamiento, distribución, tenencia y uso de artículos pirotécnicos.
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Instrucción Técnica Complementaria número 18, desarrollada en la Región de Murcia por el Decreto 132/2022, que establece los requisitos para manifestaciones festivas religiosas, culturales o tradicionales con uso de pirotecnia, incluyendo formación de usuarios, permisos y seguros.
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Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, que contempla sanciones por conductas que pongan en riesgo la seguridad pública.
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Código Penal, artículo 348.1, que tipifica el “delito de riesgo” relacionado con explosivos o artificios peligrosos, castigando con prisión y multas la puesta en peligro de la vida o la salud de personas, así como daños al medio ambiente.
Solicitudes de acción
Ferrer solicita la apertura de procedimientos administrativos y penales contra:
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La alcaldesa pedánea de Torreagüera, Silvia Almarcha González.
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La comisión de fiestas de Torreagüera.
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La junta municipal de Torreagüera.
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Los órganos y organismos públicos que puedan tener responsabilidad subsidiaria, incluyendo la Concejalía competente del Ayuntamiento de Murcia.
Además, pide que se le considere parte interesada, testigo y personado en los procedimientos, con acceso al expediente completo y seguimiento de la investigación. La denuncia incluye la posibilidad de que se haya producido un concurso de delitos si los efectos dañinos afectaron a varias personas, bienes o animales.
Un llamado a la responsabilidad institucional
Juan Antonio Ferrer destaca que las respuestas institucionales anteriores ante sus quejas y denuncias han sido insuficientes, limitándose a remitirlo a la normativa existente sin asumir responsabilidad. “Mientras no se actúe, estas prácticas seguirán poniendo en riesgo vidas, bienes y nuestro patrimonio natural. La pirotecnia no puede ser un juego de poder de comisiones de fiestas o autoridades pedáneas; debe cumplirse la ley y proteger la seguridad colectiva”, concluye.
Carta abierta al Delegado del Gobierno
Recientemente, además Ferrer también remitió una carta abierta al Delegado del Gobierno en la Región de Murcia, Francisco Lucas Ayala, en la que apela a su autoridad para sancionar conforme al artículo 202 del RD 989/2015 y como jefe de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la comunidad autónoma. En la carta, Ferrer denuncia el incumplimiento sistemático del RD 989/2015 y del Decreto 132/2022, la falta de formación de los responsables, la ausencia de seguros y planes de seguridad, y los graves riesgos para la salud pública, la fauna, el medio ambiente y la seguridad ciudadana.
En su misiva, Ferrer solicita que la Delegación refuerce la coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente y prevenir accidentes, daños a terceros y delitos de riesgo catastrófico, así como la posible responsabilidad patrimonial o penal de las autoridades y comisiones de fiestas involucradas.