Nueva victoria judicial de CCOO en la Universidad de Murcia logra el reconocimiento de los complementos retributivos a todo el PDI

Una segunda sentencia firme del TSJ obliga a reconocer los complementos retributivos al conjunto del PDI, incluido el profesorado asociado, de sustitución y con dedicación parcial

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El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha dado nuevamente la razón a la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras en el conflicto colectivo contra la Universidad de Murcia por la exclusión de una parte del Personal Docente e Investigador (PDI) del reconocimiento de los sexenios de investigación. La sentencia, dictada el 15 de abril y ya notificada a las partes, estima íntegramente la demanda del sindicato y anula la Resolución Rectoral R-22/2025 de 9 de enero, al considerar que vulnera el derecho a la igualdad del personal excluido.

El fallo al que hemos tenido acceso en laprotesta.es declara el derecho de todo el profesorado contratado doctor, profesorado permanente laboral y profesorado colaborador, incluso si su dedicación es parcial, a percibir los complementos retributivos de investigación desde el momento en que se les reconozcan, sin condicionar su abono a estar contratados a tiempo completo. Igualmente, reconoce el derecho del profesorado asociado, el profesorado asociado en ciencias de la salud, el profesorado de sustitución y el personal investigador distinguido a ser evaluados por su actividad investigadora cada seis años y, si la evaluación es positiva, a recibir los correspondientes sexenios.

El TSJ señala que no existe ninguna norma legal ni contractual que excluya a estos colectivos de la evaluación ni del derecho al cobro de estos complementos, y que, por el contrario, su exclusión constituye una discriminación injustificada y contraria al principio de igualdad. En palabras de la propia sentencia, “no hay ninguna razón objetiva más allá de la naturaleza temporal o parcial del contrato que justifique la diferencia de trato” respecto al profesorado contratado a tiempo completo.

Además, el tribunal recuerda que la investigación es un derecho y un deber de todo el PDI, como recoge la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), por lo que todas las figuras docentes, independientemente de su régimen contractual, deben poder acceder a la evaluación y al reconocimiento de méritos investigadores.

Esta sentencia refuerza el criterio ya establecido por la misma Sala en julio de 2024, cuando CCOO ganó un primer conflicto colectivo sobre la misma materia, y ratifica una jurisprudencia consolidada que reconoce el derecho de todo el profesorado universitario a no ser discriminado en el acceso a los tramos retributivos por investigación. La decisión judicial tiene consecuencias directas para cientos de docentes laborales de la Universidad de Murcia, que hasta ahora habían sido excluidos de los procedimientos de evaluación de sexenios.

Desde la Federación de Enseñanza de CCOO celebran este nuevo triunfo judicial como un paso determinante hacia la igualdad real y la dignificación del conjunto del profesorado universitario. Exigiendo al Rectorado el cumplimiento inmediato y sin restricciones del fallo, así como la apertura urgente de un nuevo procedimiento de evaluación inclusivo, que repare la discriminación sufrida por el personal excluido.

La justicia ha sido clara: el derecho a investigar y a ser reconocido por ello no es privilegio de unos pocos, sino un derecho de toda la comunidad académica.

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